DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(C) - EXPTE N° VI-30035-C-0000
Viedma, emitida en la fecha de la firma digital.
Por recibido oficio remitido vía Bus Federal librado en los autos: "CORBALAN, VALERIA NATALIA C/ FCA S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTROS S/SUMARÍSIMO - DENUNCIA LEY 24.240” - VR-00411-C-2023, en trámite ante la Unidad Jurisdiccional N° 21 de la ciudad de Villa Regina, provincia de Río Negro. Sin perjuicio de que lo que se peticiona es la copia certificada de la totalidad de la presente causa, teniendo en cuenta la voluminosidad de los presentes autos (6 cuerpos) y los múltiples exhortos recibidos con idénticas peticiones ante esta Unidad Jurisdiccional, a fin de dar cumplimiento con la manda judicial impartida y no producir dilaciones innecesarias a dicho trámite, se procederá a remitir las medidas cautelares dictadas en fecha 17/04/2019, fs. 52/56, su aclaratoria de fecha 30/04/2019 y la ampliación del marco del alcance de la medida cautelar ordenado en fecha 07/08/2019, haciéndose saber que de no ser suficiente dichas medidas y mantener de todas formas la petición de la copia certificada de la totalidad de los presentes obrados, deberá designar y autorizar a un letrado con domicilio constituido en el radio de esta ciudad a fin de poner a su disposición el expediente, proceda a su escaneo y posterior presentación de las copias al PUMA y de los correspondientes sellados ante la Mesa de Entradas Única de la Oficina de tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativo - OTICCA, para su correspondiente certificación por Secretaría.
Ofíciese vía Bus Federal a la Unidad Jurisdiccional Civil y Comercial N° 21 de la ciudad de Villa Regina, provincia de Río Negro, haciéndose saber que las copias certificadas se adjuntan en formato pdf a la presente.
Julieta Noel Díaz
Jueza Subrogante