N° DE EXPTE RO-01001-C-2023 "GALVAN ROSANA RITA Y OTROS C/ CONSEJO ESCOLAR A.V.E. I Y OTRAS"
GENERAL ROCA, 4 de septiembre de 2023.-
Proveyendo el escrito presentado por la Dra. Delucchi: Téngase presente lo manifestado por la Defensoría en cuanto a la representación de los amparistas, así como del incumplimiento de la sentencia recaída en autos.
Al pedido de audiencia, téngase presente para su oportunidad.
En cuanto a la condena por prestación del transporte escolar, teniendo en cuenta que la sentencia del STJ de fecha 31/08/2023 ha revocado el plazo otorgado por esta instancia con relación al cumplimiento, otorgando un plazo mayor 15 días hábiles administrativos a contar desde la sentencia, no encontrándose vencido aún, entiendo prudente solicitar al Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro un informe respecto del plan de restablecimiento del servicio de transporte escolar ordenado en autos, el que deberá presentarse en un plazo de dos (2) días desde la notificación del presente, bajo apercibimiento de aplicación de astreintes de Pesos veinte mil ($ 20.000) por cada día de demora. Notifíquese Acordada N° 36/22 art. 9 inc. a.
Encontrándose firme la sentencia respecto de las demás pretensiones - entrega de materiales didácticos y reformas edilicias- intimase en un plazo de dos (2) días a contar desde la notificación de la presente a cumplir con lo ordenado conforme sentencia de fecha 08/06/2023 bajo apercibimiento de aplicar una sanción conminatoria de Pesos cincuenta mil ($ 50.000.-) por cada día de retardo. Notifíquese Acordada N° 36/22 art. 9 inc. b atento la urgencia.
DR. VÍCTOR DARIO SOTO.
JUEZ DE AMPARO.-