San Carlos de Bariloche, 16 de septiembre de 2025.-
VISTOS: Los autos ARAVENA, BEATRIZ PATRICIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATOBA-02702-C-2024.
Y CONSIDERANDO:
1º) Que con fecha 12/09/2025 se ha presentado un acuerdo de partición con firma certificada ante escribano Mario Rubén Quiroga en misma fecha.
2º) Que todos los herederos son capaces y están presentes.
3º) Que, por lo tanto, corresponde homologar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros ni del orden público el acuerdo de partición presentado (arts. 283, 651 del CPCC y 2371, 2403 y concordantes del CCyC).
En consecuencia,
RESUELVO:
I) Homologar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros ni del orden público el acuerdo de partición presentado y que en copia se adjunta y forma parte de la presente.
II) Previo a disponer la inscripción solicitada córrase vista a Colegio de Abogados y Sitrajur, la que deberá ser solicitada por el letrado mediante correo electrónico (sitrajurdosxmil@gmail.com)
III) Notificar lo resuelto en los términos del art. 120 del CPCC.
Santiago Morán
Juez