Expte: MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ PEGO S.A. S/ AMPARO COLECTIVO(C)
Nro: RO-20011-C-0000
General Roca, 22 de Agosto de 2022.-LG
De lo manifestado por la parte demandada, traslado a la Universidad Nacional del Comahue (UNCOMA) a los fines de que se expida sobre el particular: en concreto, si conforme a los resultados de los análisis actuales resulta conveniente modificar el método ya consensuado para la determinación de la pluma contaminante (tomografía computada por tomografía eléctrica). Notifíquese por OTTICCA a la casilla de correo oportunamente denunciada.-
Debo destacar que tal como afirma la demandada, sobre la realización de tomografía computada versaron varias audiencias/encuentros/escritos y fue recalcado que la legislación base -citada en sentencia definitiva- así lo disponía.-
En consecuencia, atendiendo al rol de la Universidad en este proceso con su respuesta será despejada las diferencias presentadas; de mantenerse, deberá respetarse lo consensuado -tomografía computada-.-
Andrea V. de la Iglesia
Jueza