San Carlos de Bariloche, 10 de febrero de 2026.-
VISTOS: Los autos NAVARRETE, HORACIO S/ SUCESION AB INTESTATO, BA-10059-C-0000.
Y CONSIDERANDO:
1º) Que se ha presentado un acuerdo de partición (24/05/2022 - SEON 158666).
2º) Que fueron ratificadas las firmas pertinentes (02/12/2025 y 03/12/2025).
3º) Que todos los herederos son capaces y están presentes.
4º) Que, por lo tanto, corresponde aprobar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros ni del orden público la partición presentada (artículos 651 del CPCC y artículos 2371, 2403 y cctes. del CCyC).
En consecuencia,
RESUELVO: I) Aprobar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros ni del orden público la partición presentada y que en copia se adjunta y forma parte de la presente. II) Notificar lo resuelto en los términos del Art. 120 CPCC.
Mariano A. Castro
Juez