OFICIO
CON HABILITAICON DE DIAS Y HORAS
San Carlos de Bariloche, 02 de febrero de 2024
BANCO PATAGONIA S.A.
SAN CARLOS DE BARILOCHE
S / D
Me dirijo a usted en los autos caratulados:" VALENTINO, MARIO ALFREDO S/ SUCESIÓN INTESTADA", BA-02152- C-2022, en trámite por ante la Unidad Jurisdiccional N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Rio Negro, a cargo del Dr. Mariano A. Castro, Secretaría única a cargo de la Dra. María Luján Pérez Pysny, coordinación de la Oficina de Tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativo (OTICCA) a cargo de la Dra. Valeria Mori sito en Juramento 190 Piso 5to. de esta ciudad, correo electrónico oticcabariloche@jusrionegro.gov.ar, a fin de solicitarle que de la cuenta judicial de autos Nº 122916370, transfiera suma de $188.433,31 en concepto de tasa de justicia; la suma de $47.108,32 en concepto de sellado de actuación; la suma de $15.071,65 en concepto de Contribución al Colegio de Abogados y la suma de $15.071,65 en concepto de contribución a SITRAJUR conforme F-008 que se adjunta a la presente. Cumplido, imponga a Plazo Fijo en Pesos y en dólares renovable cada treinta (30) días en forma automática, con la más alta tasa de interés que ofrece a clientes en general para operaciones de plazo fijo tradicional las sumas depositadas en la cuenta de autos. Asimismo, corresponde requerir a dicho Banco que informe ando se haya cumplimentado lo ordenado precedentemente.-
El auto que lo ordena en su parte pertinente dice: " San Carlos de Bariloche, 21 de diciembre de 2023.- (...) III) a). En consecuencia, dejase sin efecto dicho punto y líbrese oficio con habilitación de días y horas al Banco Patagonia SA a fin de que de la cuenta judicial de autos Nº 122916370, proceda a transferir la suma de $188.433,31 en concepto de tasa de justicia; la suma de $47.108,32 en concepto de sellado de actuación; la suma de $15.071,65 en concepto de Contribución al Colegio de Abogados y la suma de $15.071,65 en concepto de contribución a SITRAJUR conforme F-008 que se adjunta a la presente. Cumplido, imponga a Plazo Fijo en Pesos y en dólares renovable cada treinta (30) días en forma automática, con la más alta tasa de interés que ofrece a clientes en general para operaciones de plazo fijo tradicional las sumas depositadas en la cuenta de autos. Asimismo, corresponde requerir a dicho Banco que informe ando se haya cumplimentado lo ordenado precedentemente. Fdo.Mariano Castro Juez
Art. 398 del C.P.C. y C. en su parte pertinente dice “Las oficinas públicas, no podrán establecer recaudos o requisitos para los oficios, ni otros aranceles que lo que determinen las leyes, decretos y ordenanzas. Deberán contestar las oficinas públicas y las entidades privadas el pedido de informes o remitir el expediente, dentro de los veinte (20) días hábiles salvo que la providencia que lo haya ordenado hubiera fijado otro plazo en razón de la naturaleza del juicio o circunstancias especiales... El juez podrá aplicar sanciones conminatorias progresivas en el supuesto de atrasos injustificados en las contestaciones de informes. La apelación que se dedujera tramitará en expediente separado. La sanción podrá ser aplicada al jefe o director de la repartición u organismo, en cuyo caso se deberá notificarlo personalmente.”. Art. 399 del C.P.C. y C. en su parte pertinente dice “Si por circunstancias atendibles el requerimiento no pudiere ser cumplido dentro del plazo, se deberá informar al juzgado, antes del vencimiento de aquél, sobre las causas y fecha en que se cumplirá. Si el juez advirtiere que determinada repartición pública sin causa justificada no cumple reiteradamente el deber de contestar oportunamente los informes, deberá poner el hecho en conocimiento del Ministerio de Gobierno, a los efectos que correspondan, sin perjuicio de las otras medidas a que hubiere lugar...”.-
Se deja constancia que atento la implementación del expediente digital en la Provincia de Río Negro (Ac. 04/2021 STJ anexo V), se procede a firmar el presente digitalmente.-
Se encuentran autorizados al diligenciamiento del presente los Dres. Fernando Valenzuela, Eduardo Roselli y/o quien ellos designen.
Sin otro particular saludo a usted atentamente.-
Valeria Mori
Secretaria Coordinadora Subrogante OTICCA