Oficina de Tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativa (OTICCA)
e-mail: oticcaviedma@jusrionegro.gov.ar
OFICIO N° 1770/24
Viedma, 30 de mayo de 2024.
A LA
DRA. ANA CLARA GARCÍA MAQUIEIRA
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en autos caratulados "DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO (C)" - EXPEDIENTE N° VI-30035-C-0000, en trámite ante esta Unidad Jurisdiccional N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, a cargo del Dr. Leandro Javier Oyola -Juez-, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida 292 -5° nivel- de la ciudad de Viedma, a los fines de poner en su conocimiento lo dispuesto mediante providencia de fecha 23/05/2024, la cual se transcribe textualmente: "Viedma, 23 de mayo de 2024. Por recibido oficios remitidos de la casilla de correo electrónico claragm@lcabogados.com.ar. En atención a los datos consignados en el cuerpo de los Oficios a despacho como del texto de los e mails emitidos por la Dra. Ana Clara García Maquieira, se advierte que la misma no se encuentra autorizada al diligenciamiento del oficio referido, por ello, previo deberá aclarar y manifestarse al respecto, haciéndole saber que en su caso deberá acompañar la autorización conferida por los letrados autorizados. Asimismo, toda vez que los oficio recibidos N° 414 de fecha 22/04/2024 y N°465 de fecha 3/05/2024 correspondiente a los autos s "Arce, Griselda Beatriz c/ Circulo de Inversores SA de Ahorro Para Fines Determinados y Otros s/ Demanda Derecho de Consumo. Expte. CUIJ N°21-25441032-9" en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de San Lorenzo y "Cardoso, Roberto Emilio c/ Circulo de Inversores de Ahorro Para Fines Determinados y Otros s/ Demanda Derechos de Consumos, Expediente CUIJ N° 21-25440773-6" en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, respectivamente, no poseen la firma digital de la Sra. Jueza Oficiante - sino que se trata de una copia simple-, se hace saber que a los fines de dar cumplimiento con las rogatorias encomendadas, se deberá presentar los respectivos oficios con firma digital y/o su original por ante de Entradas Única de la Oficina de tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativo - OTICCA- de la Unidad Jurisdiccional N°3, los que serán cotejados con las copias presentada en el Sistema PUMA y se procederá a su devolución en forma inmediata. Póngase en conocimiento del presente decreto a la Dra. Ana Clara García Maquieira. A tal fin, ofíciese y comuníquese vía e mail por Secretaría, al correo electrónico: claragm@lcabogados.com.ar. Fdo. Leandro Javier Oyola, Juez"
Saludo a Ud. muy atentamente.
María Justina Boeri
Secretaria
Constancia: de remitirse vía mail el mismo día al correo electrónico: claragm@lcabogados.com.ar