DATOS DEL EXPEDIENTE
Número de Exp. PUMA
VI-30035-C-0000
Número de Exp. SEON
Q-1VI-6-C2019
Carátula
DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(C)
Tipo de Proceso
TRÁMITE
DATOS DEL MOVIMIENTO
Tipo Movimiento
OFICIO
Descripción
OFICIO N° 4060/24 EMILIANO INTROCASO
Fecha del Proveído
2024-11-08 12:55:26
Organismo
UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL N° 3 - VIEDMA
Firmantes
BOERI, MARIA JUSTINA
Texto del Proveído

Oficina de Tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativa (OTICCA)
e-mail: oticcaviedma@jusrionegro.gov.ar

 

 

OFICIO N° 4060/24   

 
Viedma, 8 de noviembre de 2024.

 

AL
DR. EMILIANO INTROCASO

 

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en autos caratulados "DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO (C)" - EXPEDIENTE N° VI-30035-C-0000, en trámite ante esta Unidad Jurisdiccional N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, a cargo del Dr. Leandro Javier Oyola -Juez-, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida 292 -5° nivel- de la ciudad de Viedma, a los fines de poner en su conocimiento lo dispuesto mediante providencia de fecha 07/10/2024, la cual, en su parte pertinente, textualmente dice: "Viedma, 7 de noviembre de 2024. Por recibido nuevamente oficio correspondiente a los autos "Alcaraz Luis Teodoro c/ Circulo de Inversores S.A. de Ahorro para Fines Determinados s/ Juicio Sumarísimo" - Expte. N° 1126/22 en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Tercera Circunscripción de la ciudad de Villa Angela, Provincia de Chaco. A lo peticionado, estése a lo dispuesto en fecha 04/10/2024. Ofíciese por Secretaría a la casilla de correo eintrocaso@lcabogados.com.ar con la transcripción del presente decreto y conjuntamente con la providencia de fecha 04/10/2024. Fdo. Julieta Noel Díaz, Jueza Subrogante"; y otra: "Viedma, 04 de octubre de 2024. Por recibido oficios. Toda vez que los oficios recepcionados vía mail correspondiente a los autos (...) "Alcaraz Luis Teodoro c/ Circulo de Inversores S.A. de Ahorro para Fines Determinados s/ Juicio Sumarísimo" - Expte N° 1126/22 en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Tercera Circunscripción de la ciudad de Villa Angela, Provincia de Chaco; (..) no poseen la firma digital de los Sres. Jueces Oficiantes -sino que se trata de una copia simple-, se hace saber que a los fines de dar cumplimiento con la rogatoria encomendada, se deberá presentar el respectivo oficio con firma digital que pueda visualizarse en el panel de firmas de Adobe Acrobat Reader y/o en su caso deberá presentarse el original por ante la Mesa de Entradas Única de la Oficina de tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativo -OTICCA- de la Unidad Jurisdiccional N° 3, el que será cotejado con la copia presentada en el Sistema PUMA y se procederá a su devolución en forma inmediata. Asimismo y en atención a que se advierte que los datos consignados en el cuerpo de los Oficios a despacho como del texto de los e mails emitidos por los Dres. (...) Emiliano Introcaso (...) los mismos no se encuentran autorizados al diligenciamiento de los oficios referidos, previo deberán aclarar y manifestarse al respecto, haciéndole saber que en su caso deberán acompañar la autorización conferida por los letrados autorizados. A los fines de poner en conocimiento del presente decreto, ofíciese y comuníquese vía e mail por Secretaría a: (...) y al Dr. Emiliano Introcaso al correo electrónico eintrocaso@lcabogados.com.ar. Fdo. Leandro Javier Oyola, Juez"

 

Saludo a Ud. muy atentamente.

María Justina Boeri
Secretaria
 
CONSTANCIA: De remitirse vía mail el mismo día al correo: eintrocaso@lcabogados.com.ar