MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ AGUAS RIONEGRINAS S.A. (ARSA) S/ AMPARO COLECTIVO(C) (ZONA P IV) - RO-09122-C-0000
General Roca, 29 de diciembre de 2022.
Proveyendo la presentación del Dr. Urquiaga presentado en el día de la fecha:
Téngase presente los hechos denunciados por la Municipalidad así como las actas labradas que sirven de apoyo para acreditar lo manifestado.
Atento lo expuesto por el apoderado de la Municipalidad de General Roca y atento lo denunciado, corresponde requerir a Aguas Rionegrinas S.A. y a la provincia de Río Negro (D.P.A., Secretaría de Ambiente, Secretaría de Obras Públicas) que informe en el plazo de TRES (3) días, en forma ordenada, concreta, clara, precisa, sucinta y circunstanciada sobre la situación fáctica actual y en concreto: I) sobre las razones por las que se produjeron los desbordes denunciados en el sector sito en la intersección de Gelonch y Damas Patricias ; II) Cuáles han sido las medidas de mitigación adoptadas; III) medidas adoptadas en el marco de éste proceso colectivo para detener en forma definitiva la ocurrencia de desbordes, así como cronograma tentativo que permita fiscalizar el cumplimiento progresivo de lo resuelto en autos.
Hágase saber que la información deberá ser presentada en soporte documental y desarrollada a modo de informe circunstanciado, con adjunción de los antecedentes que estimen conducentes y de manera tal que su lectura -desarrollo y conclusiones- traduzcan en forma precisa y sintética la actualidad del conflicto.
Todo ello, bajo apercibimiento de astreintes de $50.000,00 diarios y hasta tanto acredite en forma fehaciente en autos el cumplimiento de lo ordenado.
Se hace saber que de conformidad a la Ac. 36/2022 del STJ -salvo excepciones que se detallan en las normas especiales-, todas las providencias y decisiones judiciales, incluyendo la sentencia definitiva, quedan notificadas el martes o viernes posterior al día que se publican en el Sistema “PUMA”, o el siguiente día de nota si alguno de aquellos resulta feriado o inhábil. Los plazos comienzan a correr al día siguiente de la notificación. Los actos procesales que se suban al sistema en horas o días inhábiles se tienen por publicados el día hábil siguiente.
Agustina Naffa
Jueza