DATOS DEL EXPEDIENTE
Número de Exp. PUMA
VI-30035-C-0000
Número de Exp. SEON
Q-1VI-6-C2019
Carátula
DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(C)
Tipo de Proceso
TRÁMITE
DATOS DEL MOVIMIENTO
Tipo Movimiento
OFICIO
Descripción
POR RECIBIDO OFICIO OTICCA GRAL ROCA. HACE SABER. ADJUNTA.
Fecha del Proveído
2025-05-13 16:12:35
Organismo
UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL N° 3 - VIEDMA
Firmantes
OYOLA, LEANDRO JAVIER
Texto del Proveído

DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(C) - EXPTE N° VI-30035-C-0000

 

Viedma, emitida en la fecha de la firma digital.
 
Por recibido.
 
Atento a lo peticionado por la Unidad Jurisdiccional Civil y Comercial N°5 de Roca, en el marco del expediente "LUIS NESTOR FABIAN C/ FCA S A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y FCA AUTOMOBILES ARGENTINA S A S/ SUMARISIMO - LEY 24240 RO-01115-C-2024", sin perjuicio de que lo que se peticiona es la copia certificada de la totalidad de la presente causa, teniendo en cuenta la voluminosidad de los presentes autos (6 cuerpos) y los múltiples exhortos recibidos con idénticas peticiones ante esta Unidad Jurisdiccional, a fin de dar cumplimiento con la manda judicial impartida y no producir dilaciones innecesarias a dicho trámite, se procederá a remitir las medidas cautelares dictadas en fecha 17/04/2019, fs. 52/56, su aclaratoria de fecha 30/04/2019 y la ampliación del marco del alcance de la medida cautelar ordenado en fecha 07/08/2019 haciéndose saber que de no ser suficiente dichas medidas y mantener de todas formas la petición de la copia certificada de la totalidad de los presentes obrados, deberá designar y autorizar a un letrado con domicilio constituido en el radio de ésta ciudad a fin de poner a su disposición el expediente, proceda a su escaneo y posterior presentación de las copias al PUMA y de los correspondientes sellados ante la Mesa de Entradas Única de la Oficina de tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativo -OTICCA, para su correspondiente certificación por Secretaría.
 
En virtud de lo expuesto, se hace saber que las medidas cautelares en formato pdf se encuentran adjuntas a la presente.


Leandro Javier Oyola 
Juez