Proceso: VECINOS DE LA CALLE CIEGA N° 10 DE ALLEN C/ YPF S A Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO(C) (ANTERIOR S-2RO-23-C5-18)
Expte: RO-30319-C-0000
General Roca, 10 de abril de 2024.
Por recibido correo electrónico de Universidad de Río Negro el día 05 de abril de 2024.
Se agrega -como adjunto a la presente- el informe acompañado.
Siendo que dicho organismo ha presentado el informe, resta abonar el último pago de U$S 11.000.- o su equivalente en pesos conforme presupuesto presentado en 08/05/2023.
Subsistiendo las circunstancias evaluadas en proveído de fecha 4/12/2023 y teniendo en cuenta las facultades ordenatorias que confiere al suscripto la ley 25675, art. 32 y la ley 2779 Artículo 17 requiérase a la co-demandada YPF S.A que en el término de DIEZ días de notificada deposite en la cuenta de autos la suma de U$S 11.000.- o su equivalente en pesos, importe que será transferido a la Universidad Nacional de Río Negro a fin cancelar el importe presupuestado para la realización de la labor pericial bajo apercibimiento de aplicarle sanciones conminatorias en caso de incumplimiento. Notifíquese, cf. ac. 36/22-STJ.-
Líbrese oficio a la Universidad Nacional de Río Negro, informándole que se ha recepcionado el informe final de la Pericia que le fuere encomendada, el que ha sido puesto a disposición de las partes para que se expidan. Oportunamente, de mediar observaciones, pedido de explicaciones o impugnaciones se le hará saber a los fines que se expidan.
En relación al pago que se encuentra pendiente, le hace saber que se ha procedido a requerir el depósito del importe correspondiente al último pago.
Cumpliméntese el oficio por intermedio de Oticca.
JOSE M. ITURBURU
JUEZ