DATOS DEL EXPEDIENTE
Número de Exp. PUMA
VI-30035-C-0000
Número de Exp. SEON
Q-1VI-6-C2019
Carátula
DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(C)
Tipo de Proceso
TRÁMITE
DATOS DEL MOVIMIENTO
Tipo Movimiento
PROVEÍDO SIMPLE
Descripción
REC. OF. EXPTES:ESCALANTE, ESTÉSE;MARESSA, OFIC. BUS FED.;GREGORINI, OFIC. BUS FED.;CARDOSO,REMITE INF. ACT., OFICIO. ALCARAZ, ESTÉSE;GABRIELE,OFICIA
Fecha del Proveído
2025-09-15 15:21:07
Organismo
UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL N° 3 - VIEDMA
Firmantes
OYOLA, LEANDRO JAVIER
Texto del Proveído

DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(C) - EXPTE. N°VI-30035-C-0000

 
Viedma, emitida en la fecha de la firma digital.

1. Por recibido oficio remitido de la casilla de correo electrónico: sofiabonato@lcabogados.com.ar oficio reiteratorio librado en los autos: "ESCALANTE, GUSTAVO RAUL C/ CIRCULO DE INVERSORES S.A. Y OTROS S/ Demanda de Derecho de Consumo (PCA)", recibido en fecha 07/08/25 y 18/08/25. Atento a lo peticionado, estése a lo dispuesto en fecha 10/06/2025. A los fines de poner en conocimiento el presente decreto, conjuntamente con lo proveído en fecha 10/06/2025, ofíciese y comuníquese vía e mail por Secretaría a la Dra. Sofía Bonato al correo electrónico sofiabonato@lcabogados.com.ar.

2. Por recibido oficio remitido de la casilla de correo electrónico: mlmo@lcabogados.com.ar, librado en los autos: RO-02716-C-2023 "MARESSA CARLOS ANTONIO C/ CIRCULO DE INVERSORES S A U DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS - DENUNCIA LEY 24240 (SUMARISIMO-IGJ 8/23-)", en trámite ante la Unidad Jurisdiccional Civil y Comercial nro. 3 (Ex Juzgado Civil Comercial de Minería y Sucesiones) de la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro. Sin perjuicio de que lo que se peticiona es la copia certificada de la totalidad de la presente causa, teniendo en cuenta la voluminosidad de los presentes autos (6 cuerpos) y los múltiples exhortos recibidos con idénticas peticiones ante esta Unidad Jurisdiccional, a fin de dar cumplimiento con la manda judicial impartida y no producir dilaciones innecesarias a dicho trámite, se procederá a remitir las medidas cautelares dictadas en fecha 17/04/2019, fs. 52/56, su aclaratoria de fecha 30/04/2019 y la ampliación del marco del alcance de la medida cautelar ordenado en fecha 07/08/2019, haciéndose saber que de no ser suficiente dichas medidas y mantener de todas formas la petición de la copia certificada de la totalidad de los presentes obrados, deberá designar y autorizar a un letrado con domicilio constituido en el radio de ésta ciudad a fin de poner a su disposición el expediente, proceda a su escaneo y posterior presentación de las copias al PUMA y de los correspondientes sellados ante la Mesa de Entradas Única de la Oficina de tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativo - OTICCA, para su correspondiente certificación por Secretaría.

A la letrada presentante se le hace saber que la vía correcta es por Bus Federal, sin perjuicio de que en esta oportunidad y por excepción se recepta y se cumple con lo peticionado. Ofíciese vía Bus Federal a la Unidad Jurisdiccional Civil y Comercial N° 3 de la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, haciéndose saber que las copias certificadas se adjuntan en formato pdf a dicho oficio.

3. Por recibido oficio remitido de la casilla de correo electrónico: tealquilo@gmail.com, librado en los autos: "GREGORINI, LUIS CESAR C/ VOLKSWAGEN SOCIEDAD ANONIMA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ DENUNCIA LEY 24.240" - Expte. SA-00103-C-2025, en trámite ante el Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9, a cargo de la Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Secretaría Uno a cargo del Dr. Daniel F. Gutiérrez. Atento a lo peticionado y lo que surge de las constancias de autos, se informa que la sentencia dictada en fecha 19/04/2019 fue notificada a Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados en fecha 22/05/2019 y la sentencia dictada por Superior Tribunal de Justicia en fecha 05/11/2019 fue notificada el 06/11/2019.

Al letrado presentante se le hace saber que la vía correcta es por Bus Federal, sin perjuicio de que en esta oportunidad y por excepción se recepta y se cumple con lo peticionado. Ofíciese vía Bus Federal al Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 de la ciudad de San Antonio Oeste, provincia de Río Negro, haciéndose saber que las copias certificadas se adjuntan en formato pdf a dicho oficio.

4. Por recibido oficio remitido de la casilla de correo electrónico: mlmo@lcabogados.com.ar, el día 28/08/2025 librado en los autos: "CARDOSO ROBERTO EMILIO C/ CIRCULO DE INVERSORES SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTROS S/ DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO"; (CUIJ 21-25440773-6). Atento a lo solicitado, se procede a remitir copia certificada del Informe Actuarial incorporado en los presentes.

A fin de adjuntar el archivo en formato pdf del Informe Actuarial y dar cumplimiento con la rogatoria solicitada, líbrese el pertinente oficio. Diligénciese por Secretaría vía mail, a la casilla de correo electrónico: mlmo@lcabogados.com.ar.

5. Por recibido oficio remitido de la casilla de correo electrónico: veronica.mendoza@justiciachaco.gov.ar de la Secretaría del Juzgado Civil y Comercial N°. 2 Tercera Circunscripción Judicial Poder Judicial de Villa Ángela, Chaco, en el marco del expediente "Alcaraz Luis Teodoro c/ Circulo de Inversores S.A. de Ahorro para Fines Determinados s/Juicio Sumarísimo" - Expte. N° 1126/22. A lo peticionado, estése a lo dispuesto en fecha 13/02/2025, informado mediante oficio N° 187/25 remitido por Secretaría en fecha 14/02/2025 a la casilla de correo: mlmo@lcabogados.com.ar. Ofíciese y comuníquese vía email por Secretaría a veronica.mendoza@justiciachaco.gov.ar. 

6. Por recibido oficio remitido de la casilla de correo electrónico: sofiabonato@lcabogados.com.ar, en el día de la fecha, librado en los autos: "GABRIELE, CARLOS MIGUEL c/ CIRCULO DE INVERSORES DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTROS S/ DEMANDA DERECHO DE CONSUMOS, Expte. CUIJ N° 21-02963688-2”. Atento a lo solicitado, se procede a remitir copia certificada del Informe Actuarial incorporado en los presentes.

A fin de adjuntar el archivo en formato pdf del Informe Actuarial y dar cumplimiento con la rogatoria solicitada, líbrese el pertinente oficio. Diligénciese por Secretaría vía mail, a la casilla de correo electrónico: sofiabonato@lcabogados.com.ar.

 
Leandro Javier Oyola
Juez