Proceso: VECINOS DE LA CALLE CIEGA N° 10 DE ALLEN C/ YPF S A Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO(C) (ANTERIOR S-2RO-23-C5-18)
Expte.: RO-30319-C-0000
General Roca, 04 de noviembre de 2.025.- mm
Proveyendo la presentación nro. E0106 de las Dras. Evangelista y Delucchi de fecha 29/10/2025 13:40:09:
Téngase presente la renuncia efectuada por las mencionada al poder conferido por Mariana Araceli Pincheira, Maira Antonella Alonso y Adrián Américo Jaramillo.
Sin perjuicio de los motivos invocados como fundamento de la renuncia, siendo que deben ser notificados, a los fines de tomar conocimiento de sus domicilio, líbrese oficios al Renaper y a la Cámara Nacional Electoral, debiendo indicar nombre completo y N° DNI. Se hace saber que deberá hacerlo en los términos del art. 371 del CPPC, encontrándose los letrados facultados para su suscripción, debiendo utilizar el movimiento "oficio sin confronte" del sistema Puma.
Consígnese en el cuerpo del oficio que cualquier informe podrá ser ingresado a través del correo oficial de Oticca Roca <oticcaroca@jusrionegro.gov.ar> y en tal supuesto únicamente serán agregados los que cumplan con los siguientes requisitos:
1) Asunto del correo electrónico con mención expresa del número de expediente / proceso y su carátula;
2) Para el caso de enviar archivos por WeTransfer deberá consignar en el asunto el vencimiento y carácter de urgente, ello a fin de evitar un dispendio innecesario al deber reiterar el pedido y su doble envío por haberse caducado -se reciben durante todo el día y solo se proveen en horas y días hábiles 3) Remitir el informe en formato PDF y NO en el cuerpo del correo (no se aceptan ZIP, JPG, JPEG, Word, Excel, etc.)
Respecto del oficio ordenado a la Cámara Nacional Electoral, hágase saber que el mismo deberá diligenciarlo mediante el sitio web www.electoral.gob.ar ingresando a "trámites y formularios" -formulario para presentación de oficios de solicitud de último domicilio https://formularios.electoral.gob.ar/solicitud-de-datos-filiatorios-del-ciudadano.
Hasta tanto se cumplimente lo ordenado y sean notificados, deberán continuar con sus actuaciones a su respeto.
JOSE M. ITURBURU
JUEZ